RESOLUCIÓN Nº 131 PCMER

                                                        PARANÁ, 22 de Febrero de 2012

 

 

           

     VISTO La renuncia presentada por la Dra. Elsa M. Giqueaux de Sacco a su designación como Jurado Técnico Titular  del Concurso Público Nº 125 con fundamento en motivos personales, y; 

 

         CONSIDERANDO:

Que conforme a lo previsto en el artículo 9º del Reglamento General, es atribución de la Presidencia aceptar la renuncia de los Jurados titulares y convocar al respectivo suplente para ocupar el cargo vacante.

Que consecuentemente, corresponde aceptar la renuncia presentada y convocar al Jurado Técnico suplente, Dr. Ricardo Li Rosi.

Que asimismo, ante la posibilidad de eventuales planteos de recusación del Dr. Ricardo Li Rosi, debe  habilitarse un plazo para su formulación de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 y siguiente del Reglamento General.

        

 

Por ello:

 

 

 

 

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE

 LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Aceptar la renuncia de la Dra. Elsa M. Giqueaux de Sacco al cargo de Jurado Técnico Titular  del Concurso Público Nº 125.

ARTÍCULO 2º: Convocar al Jurado Técnico suplente de la Dra. Elsa M. Giqueaux de Sacco, Dr. Ricardo Li Rosi, a ocupar el cargo de Jurado Técnico en representación de los “Académicos”.

ARTÍCULO 3º: Notificar a los Postulantes del Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 125, la convocatoria del Jurado Técnico suplente, Dr. Ricardo Li Rosi para intervenir como Jurado Técnico en el Concurso referido.

ARTÍCULO 4º: Establecer un plazo de tres (3) días a partir de la notificación de la presente Resolución, para la formulación de planteos de recusación, de conformidad a los previsto en los artículos 54 y 55 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, el que deberá transcribirse en el despacho ordenado. 

ARTÍCULO 5º: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

ARTÍCULO 6º: Regístrese, notifíquese, publíquese y archivase.

 

 

 

 

 

 

 

 

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