RESOLUCIÓN Nº 121 PCMER  

Paraná, 31 de Mayo de 2.011

 

 

VISTO La solicitud de inscripción del Dr. Adrián Alfredo RICO (Legajo Nº 75) a los Concursos Nº 116, 117 Y 118, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, compulsada la documentación que acompaña a dicha solicitud, se verifica la omisión de la presentación del Certificado de Antecedentes Penales que expide el Registro Nacional de Reincidencia, previsto reglamentariamente para dar curso a la solicitud de inscripción.

Que el postulante mencionado fue intimado para completar la documentación faltante, conforme lo prescripto en el artículo 25 del Reglamento General y de Concursos Públicos del CMER.

Que vencido el plazo otorgado a tales efectos, el postulante no ha regularizado su situación.

Que consecuentemente corresponde rechazar in limine la solicitud de inscripción, según lo dispuesto por el artículo 7º del reglamento citado.

 

Por ello:

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LA

MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Rechazar in limine la solicitud de inscripción del Dr. Adrián Alfredo RICO a los Concursos Nºs 116, 117 y 118, por incumplir con el recaudo de la presentación del Certificado de Antecedentes Penales que expide el Registro Nacional de Reincidencia exigido por el Reglamento General y de  Concursos Públicos para dar curso al trámite.

ARTÍCULO 2º: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, notifíquese al Dr. Adrián Alfredo RICO, publíquese y archívese.

 

 

 

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