RESOLUCIÓN Nº 109 PCMER 

Paraná, 1º de Octubre de 2.010

 

 

VISTO

 

La presentación efectuada en fecha 2 de Agosto de 2.010 por el Sr. Consejero Titular, en representación de la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de Entre Ríos, Dr. Raúl Alberto HERZOVICH, y;

CONSIDERANDO:

 

Que en dicha nota el Sr. Consejero, se excusa de tomar parte en los Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición Nº 83 destinado a cubrir un cargo de Defensor para la Defensorías Nº 3 de la ciudad de Paraná, Nº 84 destinado a cubrir dos cargos de Defensor para las Defensorías de Pobres y Menores Nº 1 y Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú, Nº 85 destinado a cubrir un cargo de Defensor para la Defensoría de Pobres y Menores de la ciudad de Diamante y Nº 86 destinado a cubrir un cargo de Defensor para la Defensoría de Pobres y Menores de la ciudad de La Paz, por encontrarse inmerso entre las causales previstas en las disposiciones de los artículos 11 y 12 del Reglamento General y de Concursos Públicos.

Que atendidas las razones expuestas el Plenario dio tratamiento a la excusación y resolvió aceptarla.

Que siendo el Dr. Guillermo DELRIEUX, Consejero Suplente del Dr. Raúl Alberto HERZOVICH, corresponde convocar al mismo para intervenir en los mencionados Concurso.

 

POR ELLO,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Convocar al Sr. Consejero Suplente, Dr. Guillermo DELRIEUX a cubrir la vacante del Sr. Consejero Titular, para tomar parte en los Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 83 destinado a cubrir un cargo de Defensor para la Defensorías Nº 3 de la ciudad de Paraná, Nº 84 destinado a cubrir dos cargos de Defensor para las Defensorías de Pobres y Menores Nº 1 y Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú, Nº 85 destinado a cubrir un cargo de Defensor para la Defensoría de Pobres y Menores de la ciudad de Diamante, y Nº 86 destinado a cubrir un cargo de Defensor para la Defensoría de Pobres y Menores de la ciudad de La Paz, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

Artículo 2º: La presente Resolución, será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese y archívese.

 

 

 

Volver