ACTA

En la ciudad de Paraná, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil ocho, siendo la hora diez se reúne el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos en dependencias de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos, con la presencia de los Consejeros: Ricardo Pedro MINNI; Alejandro Daniel BRIOZZO; Ricardo Italo MORENI; Hugo Omar PEROTTI; Pablo Sebastián J. USATINSKY; Tristán URANGA y Carla CUSIMANO; asistidos por el Secretario General Dr. Gustavo O. CASTIGLIONI, a los efectos de realizar las Entrevistas Personales previstas en los Arts. 13 y 34 del Decreto Nº 39/03 GOB y del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos (RGCPCMER) respectivamente, correspondiente al Concurso de Antecedentes y Oposición Nº 59 destinado a cubrir un (1) cargo de Vocal para la Cámara Segunda – Sala I – con competencia Civil y Comercial de esta ciudad. Ante la ausencia de Presidente y Vicepresidente los Consejeros presentes de conformidad con el Art. 9º del RGCPCMER designan al Sr. URANGA para que presida el acto. Se deja constancia que los postulantes convocados oportunamente para participar de la presente etapa, por ser quienes se encontraban reglamentariamente habilitados para acceder a la misma, son los Dres. Roberto CROUX; Teresita Inés FERREYRA; Gabriela Teresita MASTAGLIA; Alicia Cecilia OLALLA y Mónica Isolda RONCHI. Seguidamente con la concurrencia de todos los postulantes nombrados, el Sr. URANGA abre el acto presentando a los Consejeros que lo acompañan y en primer lugar comunica lo resuelto en debate previo en cuanto al rechazo por impertinente e irrelevantes las preguntas presentadas por el ciudadano Dante Omar BORRE dirigidas al postulante Dr. CROUX e inmediatamente dispone por Secretaría, el ingreso de los candidatos en forma individual y por orden alfabético al salón de audiencias, con lo cual se da comienzo a las entrevistas. En este estado se incorporan los Consejeros Walter Daniel CARBALLO y René Sadi BONFILS. Las entrevistas se desarrollan en base a los parámetros dispuestos en la normativa antes mencionada, que establece: “La Entrevista Personal versará sobre la trayectoria profesional de los concursantes, sus motivaciones para el cargo que se concursa, la forma en que desarrollará eventualmente su función, sus puntos de vista sobre temas de la especialidad y sobre el funcionamiento del Poder Judicial, sus planes de trabajo, sus valores éticos, su personalidad y su compromiso social y democrático”; y en definitiva, a que constituyan una evaluación integral y final de los concursantes, que brinde elementos de juicio respecto de la idoneidad y ética personal y profesional de los mismos, dado que es ésta la etapa específica para la evaluación de la actitud, compromiso, convicción e independencia con que desarrollarán eventualmente en sus funciones. Finalmente, oídos que fueron los postulantes, los Sres. Consejeros se retiran a deliberar sobre lo acontecido en esta etapa, a los efectos de evaluar y calificar el desempeño de los entrevistados con hasta 20 puntos, tal como lo establece la normativa aplicable. Los Consejeros Carla Cusimano y Tristán Uranga, representantes de la Sociedad Civil, expresan su disconformidad, tanto con la conducta asumida como los argumentos vertidos por los postulantes CROUX y RONCHI, en cuanto a su desafiliación del IOSPER. Expresan que dicha decisión, no se compadece con el principio de solidaridad que sostiene la Obra Social y además contraviene la expresa disposición legal que establece la afiliación a la Obra Social provincial y la obligación de realizar aportes. Además expresan que no pueden pretender justificar su conducta con la invocación de una norma de menor jerarquía como lo es una acordada del STJER, que en su oportunidad habilitó la desafiliación de Jueces y Funcionarios judiciales. Opinan, que acción semejante los deslegitima para ocupar el cargo al que aspiran. Por este motivo, ambos Consejeros fijan su posición y manifiestan que no adjudicaran puntaje a tales postulantes, es decir, le otorgarán cero (0) puntos. Los demás Consejeros presentes, si bien comparten algunos de los aspectos destacados por CUSIMANO y URANGA, no están de acuerdo con los alcances del reproche que se les efectúa a los entrevistados, esto es la no asignación de puntaje, ya que a su entender resulta excesivo, por lo que en atención a la cuestión planteada y en particular a la situación de cada uno de los postulantes, proceden a asignar puntaje por la participación de éstos en la presente instancia. En consecuencia y de conformidad a lo dispuesto en el art. 34 del RGCPCMER, se procede a promediar los puntajes que fueran asignados por cada uno de los Consejeros, a saber: MINNI: DIEZ (10) puntos CROUX, CATORCE (14) puntos FERREYRA, DIECISÉIS (16) puntos MASTAGLIA, QUINCE (15) puntos OLALLA y OCHO (8) puntos RONCHI; BRIOZZO: DIEZ (10) puntos CROUX, CATORCE (14) puntos FERREYRA, DIECISÉIS (16) puntos MASTAGLIA, QUINCE (15) puntos OLALLA y OCHO (8) puntos RONCHI; MORENI: CATORCE (14) puntos CROUX, QUINCE (15) puntos FERREYRA, DIECISÉIS (16) puntos MASTAGLIA, QUINCE (15) puntos OLALLA y TRECE (13) puntos RONCHI; CARBALLO CATORCE (14) puntos CROUX, DIECISÉIS (16) puntos FERREYRA, DICIECIOCHO (18) puntos MASTAGLIA, QUINCE (15) puntos OLALLA y DIEZ (10) puntos RONCHI; USATINSKY: DIEZ (10) puntos CROUX, CATORCE (14) puntos FERREYRA, DIECIOCHO (18) puntos MASTAGLIA, DIECISÉIS (16) puntos OLALLA y DIEZ (10) puntos RONCHI; BONFILS: DOCE (12) puntos CROUX, QUINCE (15) puntos FERREYRA, DIECISIETE (17) puntos MASTAGLIA, DIECISIETE (17) puntos OLALLA y DOCE (12) puntos RONCHI; PEROTTI: CATORCE (14) puntos CROUX, DIECISÉIS (16) puntos FERREYRA, DIECISÉIS (16) puntos MASTAGLIA, QUINCE (15) puntos OLALLA y TRECE (13) puntos RONCHI; CUSIMANO: CERO (O) puntos CROUX, DIECISÉIS (16) puntos FERREYRA, DOCE (12) puntos MASTAGLIA, CATORCE (14) puntos OLALLA y CERO (0) puntos RONCHI; URANGA: CERO (0) puntos CROUX, CATORCE (14) puntos FERREYRA, QUINCE (15) puntos MASTAGLIA, DIECISÉIS (16) puntos OLALLA y CERO (0) puntos RONCHI. De modo tal que el promedio arroja el siguiente puntaje definitivo que corresponde a la etapa, a saber:  CROUX: NUEVE CON TREINTA Y TRES (9,33); FERREYRA: CATORCE CON OCHENTA Y OCHO (14,88); MASTAGLIA: DIECISÉIS (16); OLALLA: QUINCE CON TREINTA Y TRES (15,33) y RONCHI: OCHO CON VEINTIDÓS (8,22). Sin más, a las quince y treinta horas se concluye el acto y se firma al pie.

 

 

 

 

 

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