ACTA 

En la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de Noviembre del año dos mil seis, siendo las 19:30 hs., se reúne el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos en el Colegio de Abogados de La Paz, con la presencia de los Dres. Raúl Alfredo Gracia, en su carácter de Vicepresidente a cargo de la Presidencia, Hugo Daniel Perotti, Jorge Amilcar Luciano García, Hermo Luis Pesuto, la Lic. Elena Ana María Riegelhaupt, la Prof. Gilda Vargas y el Arq. Jorge Boeykens, a los efectos de realizar las Entrevistas Personales previstas en los arts. 13 y 34 del Decreto Nº. 39/03 y del Reglamento General y de Concursos Públicos, respectivamente, correspondiente al Concurso de Antecedentes y Oposición Nº 40 para elegir un Juez para el Juzgado Correccional de la ciudad de La Paz. Además de los mencionados, también se hallan presentes el Dr. Alejandro Cánepa, en su carácter de Secretario General del organismo y los Dres. Cristina Lía Van Dembroucke y Horacio Eralio Soldano, oportunamente convocados por la Secretaría General para participar de la presente etapa evaluatoria, por ser quienes se encontraban reglamentariamente habilitados para acceder a la misma. A continuación, el Dr. Gracia abre el acto, presentando a los Consejeros que lo acompañan y dispone, por Secretaría, el ingreso cada uno de los postulante, por orden alfabético y en forma individual, al salón de audiencias. En general, la entrevista es desarrollada en base a los parámetros dispuestos en la normativa antes mencionada, que establece que “la Entrevista Personal versará sobre la trayectoria profesional de los concursantes, sus motivaciones para el cargo que se concursa, la forma en que desarrollará eventualmente su función, sus puntos de vista sobre temas de al especialidad y sobre el funcionamiento del Poder Judicial, sus planes de trabajo, sus valores éticos, su personalidad y su compromiso social y democrático”, tendiendo, en definitiva, a que la presente etapa constituya una evaluación integral y final de los concursantes, que además brinde elementos de juicio respecto de la idoneidad y ética personal y profesional de los mismos, siendo ésta la etapa específica para la evaluación de la actitud, compromiso, convicción e independencia con que desarrollarán eventualmente sus funciones. Finalmente, oídos que fueron los postulantes, los Sres. Consejeros se retiran a deliberar sobre lo acontecido en esta etapa, a los efectos de evaluar y calificar el desempeño de los entrevistados con hasta 20 puntos, tal como lo establece la normativa aplicable. Concluidas las deliberaciones, concuerdan que ambos candidatos cuentan con la idoneidad requerida para desempeñar el cargo concursado, dado que respondieron con solvencia a las distintas cuestiones que se les plantearon, demostrando un manejo fluido de los temas cuya exposición les fue requerida, resolviendo por unanimidad asignarles: a la Dra. Van Dembroucke 18 puntos, y al Dr. Soldano 13 puntos. Ello sumado a los puntajes obtenidos por los postulante en las etapas previas de Antecedentes y Oposición, arroja una terna para ser elevada al Sr. Gobernador integrada por la Dra. Cristina Lía Van Dembroucke (76 puntos) y el Dr. Horacio Eralio Soldano (64 puntos) todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del Decreto Nº 39/03 GOB. y su correspondiente en la Reglamentación de éste organismo. No siendo para más, a las 21:00 hs. concluyó el acto firmando para constancia.

 

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