ACTA

 

En la Ciudad de Paraná, a los 1 días del mes de Septiembre del año dos mil seis, siendo las 16:00 hs. se reúne el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos en el Salón Auditorio del Colegio de Escribanos de Entre Ríos, con la presencia de los Dres. Raúl Gracia, en su carácter de Vicepresidente a cargo de la Presidencia, Juan José Pessolani, Hugo Daniel Perotti, Juan Ramón Smaldone, Hermo Pesuto, Jorge García, la Lic. Elena María Riegelhaupt, la Prof. Gilda Vargas y el Arq. Jorge Boeykens , a los efectos de realizar las Entrevistas Personales previstas en los arts. 13 y 34 del Decreto Nº. 39/03 y del Reglamento General y de Concursos Públicos, respectivamente, correspondiente al Concurso de Antecedentes y Oposición Nº 33 para elegir un Juez para el Juzgado Penal de Menores de esa ciudad. Además de los mencionados, también se hallan presentes el Dr. Alejandro Cánepa, en su carácter de Secretario General del organismo, y la Dra. Marcela Alejandra Davite de Acuña, oportunamente convocada por la Secretaría General para participar de la presente etapa evaluatoria. A continuación, el Vicepresidente abre el acto presentando a los Consejeros que lo acompañan y dispone, por Secretaría, el ingreso de la postulante al salón de audiencias. En general, la entrevista es desarrollada en base a los parámetros dispuestos en la normativa arriba mencionada, que establece que “la entrevista personal versará sobre la trayectoria profesional de los concursantes, sus motivaciones para el cargo que se concursa, la forma en que desarrollará eventualmente su función, sus puntos de vista sobre temas de al especialidad y sobre el funcionamiento del Poder Judicial, sus planes de trabajo, sus valores éticos, su personalidad y su compromiso social y democrático”, tendiendo, en definitiva, a que la presente etapa constituya una evaluación integral y final de la concursante, que además brinde elementos de juicio respecto de la idoneidad y ética personal y profesional de la misma, siendo ésta la etapa específica para la evaluación de la actitud, compromiso, convicción e independencia con la que desarrollará eventualmente sus funciones. Finalmente, oída que fue la postulante, los Sres. Consejeros se retiran a deliberar sobre lo acontecido en esta etapa a los efectos de evaluar y calificar el desempeño de la entrevistada con hasta 20 puntos, tal como lo establece la normativa aplicable. Concluidas las deliberaciones, concuerdan que  la candidata cuenta con la idoneidad requerida para desempeñar el cargo de concursado, dado que respondió con solvencia las distintas cuestiones que se le plantearon, demostrando un manejo fluido de los temas cuya exposición le fue requerida, resolviendo por unanimidad asignarle 19 puntos. Ello, sumado a los puntajes obtenidos por la postulante en las etapas previas de Antecedentes y Oposición, arroja una terna para ser elevada al Sr. Gobernador integrada únicamente por la Dra. Marcela Alejandra Davite de Acuña (75 puntos), todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del Decreto Nº 39/03 GOB. y su correspondiente en la Reglamentación de éste organismo. No siendo para más, a las 17:00 hs. concluyó la sesión firmando para constancia. 

 

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