ACTA 

En la Ciudad de Concordia, a los 19 días del mes de diciembre del año dos mil cinco, siendo las 8:30 hs. se reúne el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos en el Colegio de Abogados de Concordia, con la presencia de los Dres. Enrique Máximo Pita, en su carácter de Vicepresidente a cargo de la Presidencia, Juan Carlos Ponce, Raúl Gracia, Manuel Gallegos, Roberto Quinodoz, Ing. Jorge Darío Broggi, Ing. Juan Seba y Arq. Jorge Boeykens, a los efectos de realizar las entrevistas públicas previstas en los arts. 13 y 34 del Decreto Nº. 39/03 y del Reglamento General y de Concursos Públicos, respectivamente, correspondiente al Concurso de Antecedentes y Oposición Nº. 23 para elegir un cargo de Defensor de la Defensoría de Pobres y Menores Nº. 1 de la ciudad de Concordia. Además de los mencionados, también se hallan presentes el Dr. Alejandro Cánepa, en su carácter de Secretario General del organismo, y los Dres. Santiago César Petit, Teresita Inés Ferreyra y Carolina López Bernis, oportunamente citados por la Secretaría General para participar de la presente etapa evaluatoria. A continuación, el Vicepresidente abre el acto presentando a los Consejeros que lo acompañan y dispone, por Secretaría, el ingreso de cada postulante al salón de audiencias, por orden alfabético y en forma individual, siendo el primero de ellos la Dra. Ferreyra y continuando con los Dres. Lopez Bernis y Petit. En general, la entrevista es desarrollada en base a los parámetros dispuestos en la normativa arriba mencionada, que establece que “la entrevista personal versará sobre la trayectoria profesional de los concursantes, sus motivaciones para el cargo que se concursa, la forma en que desarrollará eventualmente su función, sus puntos de vista sobre temas de al especialidad y sobre el funcionamiento del Poder Judicial, sus planes de trabajo, sus valores éticos, su personalidad y su compromiso social y democrático”, tendiendo, en definitiva, a que la presente etapa constituya una evaluación integral y final de los concursantes, que además brinde elementos de juicio respecto de la idoneidad y ética personal y profesional de cada uno de ellos, siendo ésta la etapa específica para la evaluación de la actitud, compromiso, convicción e independencia con la que desarrollarán eventualmente sus funciones en la Defensoría vacante. Con ese norte, los Consejeros entrevistaron por igual a cada postulante, solicitándoles un breve relato de sus antecedentes profesionales y requiriendo su opinión sobre temas relativos a la estructura actual de la Defensoría y la que cree que sería necesaria en virtud de una eventual modificación al régimen procesal penal actual; también sobre el llamado “colapso judicial”; sobre el aborto y el “caso de Nuñez”, vinculado al tema de las excarcelaciones y las salidas sociolaborales de los internos en unidades penales; sobre temas de Derechos Humanos como la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y jurisprudencia de los organismos interamericanos de protección de los Derechos Humanos; sobre sus planes de trabajo en la Defensoría; sobre medidas de protección a las víctimas y testigos de delitos, especialmente en relación a los menores víctimas de delitos sexuales; sobre temas actuales de conflictividad social, como los casos de los piqueteros y la judicialización de la protesta social; sobre medidas para prevenir los delitos y la sensación de inseguridad; sobre el procedimiento penal acusatorio y el nuevo rol de los Jueces, Fiscales y Defensores; sobre las medidas de preservación de los empleados de las Defensorías frente a casos cotidianos y de pública gravedad; sobre las modificaciones que habría de realizar a la estructura del Poder Judicial frente a una eventual reforma de la Constitución y, finalmente, sobre el procedimiento de concursos públicos para la selección de magistrados y funcionarios judiciales instaurado con la creación del Consejo de la Magistratura. Finalmente, oídos que fueron los postulantes, los Sres. Consejeros se retiran a deliberar sobre lo acontecido en esta etapa a los efectos de evaluar y calificar el desempeño de cada uno de los entrevistados con hasta 20 puntos, tal como lo establece la normativa aplicable. Finalizadas las deliberaciones, el Consejo unánimemente convino que existen elementos de juicio resultantes del análisis objetivo las respuestas y actitudes de los postulantes entrevistados que persuaden acerca de la alteración en el orden de mérito de las etapas previas, dado que respecto de la Dra. Lopez Bernis se evidenció claramente un mayor conocimiento de la dinámica propia de una Defensoría de Pobres y Menores, y una severa convicción y compromiso personal para el ejercicio de dicho cargo, aún cuando los tres respondieron con criterio y convicción las preguntas acerca de los temas jurídicos, sociales y políticos que se les formularon. Tales consideraciones particulares se convierten en una ventaja comparativa dirimente para la calificación de las entrevistas, siendo ello también un elemento de juicio fundamental para el resultado final del concurso. Atento a ello, el Consejo resolvió, por unanimidad, asignar 17 puntos a las Dras. Teresita Inés Ferreyra y Carolina López Bernis, y 14 puntos al Dr. Santiago Petit. No siendo para más, a las 11:00 hs. concluyó la sesión firmando para constancia. 

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