ACTA  

En la ciudad de Concordia, a los 19 días del mes de Diciembre del año 2005, siendo las 15:00 hs., se constituye el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos con la presencia de sus miembros, Dres. Enrique Máximo Pita, en su carácter de vicepresidente a cargo de la Presidencia del cuerpo, Raúl Gracia, Roberto Carlos Quinodoz, Manuel Luis Gallegos, Jorge A. Brassesco, Ing. Juan Seba, Jorge Darío Broggi y Arq. Jorge Boeykens, a los efectos de llevar adelante la Entrevista Pública prevista en el artículo 13 del Decreto Nº 39/03 GOB. y el artículo 34 y siguientes del Reglamento General de Concursos Públicos de éste organismo, correspondiente al Concurso Nº 21 ( destinado a cubrir un cargo de Vocal de Cámara –Sala Laboral- de Concordia). Además de las autoridades mencionadas se encuentra presente el Dr. Rodolfo Gonzalez Sampaio, quien fuera oportunamente citado por la Secretaría General, por ser el único postulante reglamentariamente habilitado para acceder a la misma. El Dr. Enrique Máximo Pita abre el presente acto presentando a los Consejeros que lo acompañan y a continuación se hace ingresar al Salón de Audiencia al postulante a fin de ser interrogado acerca de su trayectoria profesional, sus motivaciones para el cargo que se concursa, la forma en que desarrollará eventualmente su función, sus puntos de vistas sobre temas de la especialidad y sobre el funcionamiento del Poder Judicial, sus planes de trabajo, y otros dirigidos a conocer sus valores éticos, su personalidad y su compromiso social. Oído que fue el postulante, los Sres. Consejeros se retiran a deliberar sobre lo acontecido en ésta etapa a los efectos de evaluar y calificar el desempeño del entrevistado con hasta 20 puntos. Finalizadas las deliberaciones, concuerdan en que el candidato cuenta con idoneidad suficiente para desempeñar el cargo de magistrado que se concursa. En efecto, el postulante respondió con solvencia a las distintas cuestiones que se les plantearon, demostrando un manejo fluido de los temas cuya exposición le fue requerida. En consecuencia el Consejo resolvió por unanimidad, asignarle 18 puntos. No siendo para más, a las 16 y 30 horas concluyó la reunión firmando para constancia.  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PARA EL CASO DE NO HABER UNANIMIDAD EN EL PUNTAJE (PASAR A SINGULAR):

Oídos que fueron los postulantes, los Sres. Consejeros se retiran a deliberar sobre lo acontecido en ésta etapa a los efectos de evaluar y calificar el desempeño de cada uno de los entrevistados. Finalizadas las deliberaciones  y al no haber unanimidad respecto del puntaje que merecieren los aspirantes, cada Consejero procede a emitir su voto calificando con hasta 20 puntos el desempeño y desenvolvimiento de cada uno de los entrevistados. En estas situaciones el artículo 13 in fine del Decreto Nº 39/03 GOB. y su correspondiente reglamentación, prevé que la calificación final surgirá de promediar los puntajes otorgados  por cada Consejero a cada postulante. De todo ello resulta que al Dr. ……, el Sr. Consejero Alvarez le asignó 15 puntos; Casis y Gracia le asignaron 16 puntos; Pita le asignó 17 puntos; Ponce y Quinodoz le asignaron 18 puntos y Seba le asignó 19 puntos, resultando un promedio de 17 puntos. Al Dr. ………, el Sr. consejero Seba le asignó 14 puntos; Alvarez le asignó 16 puntos; Ponce y Quinodoz le asignaron 17 puntos y Casis, Gracia y Pita le asignaron 18 puntos, resultando un promedio de 16,80 puntos. A la Dra. ……..i, los Sres. Consejeros Ponce y Quinodoz le asignaron 12 puntos; Alvarez le asignó 13 puntos; Gracia y Pita le asignaron 14 puntos, Seba le asignó 16 puntos y Casis le asignó 17 puntos, resultando un promedio de 14 puntos. Consecuentemente el orden de mérito resultante exclusivamente  de esta etapa es el que a continuación se detalla: Dr. ………. 17 puntos; Dr. ………….. 16,80 puntos y Dra. ……………………. puntos, lo cual sumado a los puntajes obtenidos por estos postulantes en las etapas previas de Antecedentes y Oposición, arroja una terna para ser elevada al Sr. Gobernador integrada, por orden de mérito, por los Dres.: ……………. (79,87 puntos), …………………… (76,30 puntos) y ………………………….. (66,32 puntos), todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del Decreto Nº 39/03 GOB. y su correspondiente en la Reglamentación de éste organismo. No siendo para más, a las ……. hs. concluyó la reunión firmando para constancia.

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