RESOLUCIÓN N° 1420 C.M.E.R.
 

                         PARANÁ, 18 de diciembre de 2024

 

 

          VISTO:

 

  La causa N° 4426/24: “VARISCO, MARIEL ALEJANDRA c/CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RÍOS s/RECURSO DE REVISIÓN DIRECTO"; la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, de fecha 29.11.2024 y lo resuelto por el Plenario del CMER, en Sesión Ordinaria de fecha 09.12.2024;

 

 

            CONSIDERANDO:

 

  Que, en el referido fallo, se hace lugar al recurso de revisión judicial directa, interpuesto por la concursante VARISCO, anulando -en consecuencia- la Resolución N°1395/2024 CMER y ordenando remitir las actuaciones al Consejo de la Magistratura, a fin de que renueve el acto y brinde una respuesta debidamente fundada a los concretos planteos efectuados respecto de la prueba de oposición;

 

  Que, el Pleno del CMER, en Sesión Ordinaria de fecha 09.12.2024, debatió sobre lo resuelto por el Máximo Tribunal de la Provincia, concluyendo que resulta conveniente, previo a resolver la cuestión de fondo, correr traslado al Jurado interviniente en los concursos N°276 y N°277, para que expida informe ampliatorio sobre los concretos planteos efectuados por la impugnante VARISCO respecto de la prueba de oposición;

 

  Que, en razón de lo expuesto, corresponde correr traslado al Jurado, poniendo a su disposición los documentos que obran en el Consejo de la Magistratura relacionados con la causa a resolver, a fin de que se expida al respecto;

 

  Que, a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del Reglamento General y de Concursos Públicos, se designó a la consejera Andrea Belén SAXER;

 

  Por ello,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Correr traslado al Jurado interviniente en los Concursos N°276 y N°277, para que expida informe ampliatorio, en concordancia con lo señalado en los Considerandos de la presente.-

 

ARTÍCULO 2º: Poner a disposición del Jurado la documental pertinente, para la elaboración de la tarea encomendada.-

 

ARTÍCULO 3º: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.-

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese y archívese.- 


 

 

Fecha de Publicación: 18-12-2024
 
 
Volver
Dirección General de Informática - www.entrerios.gov.ar/dgin - 2019