● Ley 11.071
● Decreto Reglamentario 2.994/23 MP
● Resolución 850/24 DGIPI
● 100% de exención en impuestos provinciales:
● Reintegro en consumo eléctrico:
● Reintegro hasta 50% en inversiones en infraestructura eléctrica o gasífera para nuevos establecimientos industriales en emplazamientos industriales:
● De 10 a 15 años, según el proyecto. Se pueden sumar años por:
● Personas humanas o jurídicas con actividad industrial
● Empresas nuevas o existentes
● Radicación en Entre Ríos e inscripción en el Registro Industrial
● No tener deudas fiscales, sociales o ambientales
● Presentar proyecto productivo formal
● Tener al menos 5 empleados efectivos
● Presentación del proyecto dentro de los 6 meses de iniciado
● Nuevo: creación desde cero o reactivación de una planta inactiva ≥1 año
● Existente: ampliación de la capacidad operativa mínima del 15%, evaluada por:
El % de incremento se calcula con el promedio de las dos variables con mayor aumento
1. Presentación de formularios (3, antes eran 7)
2. Documentación respaldatoria
3. Evaluación por Dirección General de Industria y otros organismos
4. Derivación a ATER y Secretaría de Energía
5. Aprobación por el Ministerio de Desarrollo Económico
6. Emisión del Certificado de Exención Anual
* Menos formularios
* Resolución ministerial (antes Decreto del Gobernador)
* Beneficios del 100% (antes parciales)
* Mayor plazo adaptable al proyecto
* Beneficios automotores ampliados a usados sin límite