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INSTRUCTIVO SOBRE CERTIFICADO MIPYME
¿Qué es una MiPyME?
Una MiPyME es una micro, pequeña o mediana empresa que desarrolla actividades
económicas en el país dentro de los sectores comercial, servicios, industrial,
agropecuario, construcción o minero. La misma puede estar conformada por una o varias
personas físicas, o bien por un conjunto de empresas.
¿Qué es el Certificado MiPyME?
Es una constancia oficial que pueden solicitar tanto personas físicas como jurídicas.
Obtener este certificado permite acceder a financiamiento, beneficios impositivos y
programas de asistencia destinados a empresas, negocios o emprendimientos. En su
última actualización normativa, se incorporó un código QR con el objetivo de reforzar la
seguridad del instrumento, el cual acredita la condición de micro, pequeña o mediana
empresa ante la Administración Pública Nacional o tercero.
La solicitud se realiza a través del aplicativo “PyMEs Solicitud de Categorización y/o
Beneficios” disponible en el portal de ARCA.
¿Cuál es la vigencia del Certificado MiPyME y cómo se renueva?
Una vez emitido, el Certificado MiPyME tiene vigencia desde su fecha de emisión hasta el
último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal del contribuyente. Esto
significa que, aunque puede solicitarse en cualquier momento del año, su validez estará
siempre vinculada a la fecha de cierre contable de la persona física o jurídica titular del
certificado.
¿Cómo calcular su vigencia?: Si el cierre del ejercicio es el 31/12 (caso más común para
personas físicas y muchas jurídicas), el certificado tendrá validez hasta el 30 de abril del
año siguiente. Por lo tanto, debe renovarse antes de esa fecha cada año.
Si el cierre del ejercicio es distinto al 31/12, se cuentan cuatro meses desde el cierre. Por
ejemplo: Si el cierre es el 31/07, el certificado será válido hasta el 30/11 y deberá
renovarse antes de esa fecha.
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¿Cómo se realiza la renovación?: En la mayoría de los casos, la renovación se realiza de
manera automática, siempre que se mantengan actualizados los datos fiscales y no haya
inconsistencias en la información declarada.
¿Cómo funciona el proceso de renovación automática del Certificado MiPyME?: se lleva
a cabo durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal, es decir, antes de su
vencimiento, y se desarrolla de la siguiente manera:
1. Presentación de declaraciones juradas: El contribuyente debe tener presentadas
las declaraciones juradas de los últimos tres (3) ejercicios fiscales de IVA y/o Cargas
Sociales, según corresponda al tipo de actividad.
2. Generación del Formulario F.1272: ARCA generará el Formulario 1272 y lo pondrá a
disposición del contribuyente para su revisión. Este período de revisión comienza
el primer día hábil del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio y se extiende por
20 días corridos. La notificación será enviada a través del Domicilio Fiscal
Electrónico.
3. Corrección de inconsistencias: En caso de que se detecten errores o inconsistencias
en el formulario, el contribuyente deberá rectificar las declaraciones juradas
correspondientes (IVA y/o Cargas Sociales) para corregir la información.
4. Envío automático a SEyPyME: Una vez finalizado el período de revisión, el primer
día hábil posterior, ARCA enviará automáticamente la información a la Secretaría
de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (SEyPyME) para completar
el proceso de renovación del certificado.
Aviso por falta de declaraciones juradas: Si el contribuyente no tiene presentadas las
declaraciones juradas requeridas, ARCA enviará una notificación al Domicilio Fiscal
Electrónico dentro de los primeros 5 días hábiles del cuarto mes posterior al cierre del
ejercicio, informando sobre la situación y solicitando su regularización.
ü Si las presentaciones pendientes se realizan dentro del período de revisión (20
días corridos), el trámite de renovación automática continuará su curso
normalmente.
ü Si se regulariza fuera de ese plazo, la renovación deberá realizarse de forma
manual.
Casos en los que se requiere renovación manual: Hay situaciones en las que la renovación
automática no se aplica, por lo que el trámite deberá completarse de forma manual desde
el inicio. Esto aplica a:
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ü Contribuyentes exentos de IVA.
ü Aquellos que tengan vinculación con otras empresas o formen parte de un grupo
económico.
ü Estos casos requieren el cumplimiento de requisitos adicionales, por lo que deben
gestionarse directamente de manera manual.
Categorización MiPyME
La categorización de una empresa como Micro, Pequeña o Mediana Empresa (MiPyME)
se establece en función de dos variables principales:
1. La actividad principal que desarrolla (comercial, industrial, de servicios,
agropecuaria, de la construcción o minera).
2. El monto de ventas totales anuales o, en algunos casos, la cantidad de empleados,
según lo estipulado para cada sector.
Esta clasificación es fundamental para que empresas, negocios o emprendimientos
puedan acceder a los distintos beneficios, programas y líneas de financiamiento
destinadas exclusivamente al universo PyME.
Los valores de referencia vigentes para esta categorización están definidos por la
Resolución N. º 220/2019, actualizados por la Resolución N. º 54/2025 de la Secretaría de
Industria y Desarrollo Productivo (SIyDP), publicada en el Boletín Oficial.
Límite de Ventas Anuales, Expresadas en Pesos ($):
Límite de Personal Ocupado: En el caso de actividades como comisionistas, consignatarios
o agencias de viaje, la categorización no se realiza en base a las ventas anuales ni al activo
declarado, sino que se toma como criterio exclusivo la cantidad de empleados.
Por lo tanto, podrán inscribirse en el Registro aquellas empresas o contribuyentes que
cumplan con el límite de personal ocupado establecido para su rubro o sector:
Categoria Construcción Servicios Comercio
Industria y Mineria Agropecuario
Micro 569.050.000,00$ 266.790.000,00$ 1.370.080.000,00$ 940.600.000,00$ 661.490.000,00$
Pequeña 3.376.460.000,00$ 1.608.430.000,00$ 9.766.640.000,00$ 7.028.260.000,00$ 2.436.680.000,00$
Mediana Tramo 1 18.838.350.000,00$ 13.312.440.000,00$ 46.423.090.000,00$ 50.022.750.000,00$ 14.339.940.000,00$
Mediana Tramo 2 28.254.420.000,00$ 19.012.110.000,00$ 66.319.160.000,00$ 101.070.840.000,00$ 22.744.110.000,00$
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Límite expresado en Pesos ($): Las empresas de Intermediación Financiera, Seguros o
Servicios Inmobiliarios deben cumplir, además del criterio general, con un límite
específico de ventas anuales expresado en pesos para poder ser categorizadas como
MiPyME.
La Resolución 54/2025 habilitó, a través del sitio web del Registro de Empresas
MiPyME, una plataforma destinada a personas humanas que no están obligadas a
presentar Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales. A través de
esta herramienta, podrán informar el valor total de los activos afectados a su actividad
correspondiente al último ejercicio comercial o año fiscal cerrado, con el fin de permitir un
análisis adecuado respecto de los topes establecidos en la presente medida.
¿Cómo se calculan las ventas anuales para saber la categoría de una MiPyME? Para
determinar la categoría MiPyME, se toma el promedio de las ventas de los últimos 3 años,
sin contar el IVA ni los impuestos internos. Además, si la empresa exporta, se resta el 75%
del valor de esas exportaciones al total de ventas.
Este cálculo permite ubicar a la empresa dentro de los rangos establecidos por la
normativa para ser considerada micro, pequeña o mediana.
Actividades Excluidas: Ciertas actividades están expresamente excluidas del régimen
MiPyME, por lo tanto, las empresas o contribuyentes cuya actividad principal
Servicios Comercio
Micro 7 7
Pequeña 30 35
Mediana Tramo 1 165 125
Mediana Tramo 2 535 345
Categoría
Actividades
Tope de activos en pesos
2.462.000.000,00$
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corresponda a alguno de los siguientes rubros no podrán ser categorizados como micro,
pequeña o mediana empresa:
Ø Servicios de hogares privados que contratan personal doméstico.
Ø Servicios de organizaciones y órganos extraterritoriales.
Ø Administración pública, defensa y seguridad social obligatoria.
Ø Servicios relacionados con juegos de azar y apuestas.
Ø Socios o directores de sociedades que no ejerzan una actividad económica
independiente.
Gestión del Certificado MiPyME
1. Ingreso al aplicativo: Para solicitar o renovar el Certificado MiPyME, el
contribuyente debe ingresar al aplicativo “PyMEs Solicitud de Categorización
y/o Beneficios”, disponible en la plataforma de ARCA.
2. Edición del borrador: Si el certificado se encuentra en estado "Borrador", se debe
hacer clic en "Aceptar" y luego, desde la pestaña "Acciones", seleccionar la opción
"Editar" para continuar con la carga
o corrección de los datos.
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3. Generación de un nuevo certificado: Si se desea generar un nuevo certificado, se
debe hacer clic en "Nuevo" y luego en "Aceptar". Al ingresar, se visualizará que el
formulario del certificado está compuesto por distintas solapas o secciones.
La primera es la solapa de “Datos Informativos”, donde será necesario:
Ø Indicar si se solicita el beneficio del pago de IVA en forma diferida.
Ø Indicar si se autoriza compartir información con otros organismos.
Ø Completar los datos generales del contribuyente.
4. Visualización de períodos fiscales anteriores: Además, se podrá acceder a las
solapas correspondientes a los últimos tres períodos fiscales del contribuyente.
Estas secciones mostrarán los montos de ventas anuales, que servirán para
calcular el promedio y, a partir de ello, determinar la categoría MiPyME que le
corresponde.
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Es importante tener en cuenta que estas solapas no pueden ser editadas. Si los
importes informados son incorrectos, será necesario rectificar la declaración
jurada correspondiente.
En el caso de contribuyentes nuevos, estas solapas no se mostrarán. Si el
contribuyente cuenta con menos de tres períodos fiscales desde su inscripción, se
visualizarán solo los disponibles desde el alta.
5. Presentación del formulario: Una vez verificada toda la información y confirmado
que los datos son correctos, se debe hacer clic en "Presentar" para finalizar el
trámite y enviar la solicitud del Certificado MiPyME.
6. Consulta y gestión de certificados presentados: Desde la opción “Buscar”, se
pueden visualizar los certificados ya presentados, así como también descargar los
acuses de presentación o, en caso necesario, iniciar una rectificación.
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7. Notificación de aprobación y categoría asignada: Una vez aprobado el trámite, la
confirmación de la aprobación del certificado y la categoría MiPyME asignada
serán notificadas a través del Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente.
8. ¿Cómo se descarga el Certificado MiPyME?: Una vez aprobado el Certificado
MiPyME, se puede descargar desde el aplicativo ARCA “LUFE (Legajo Único
Financiero y Económico)”, siguiendo estos pasos:
Ø Ingresar al sistema y seleccionar el contribuyente correspondiente.
Importante: En el caso de personas jurídicas, será necesario autorizar
previamente al administrador para que aparezca la opción de descarga.
Ø Una vez dentro, ir a la sección “Documentos”.
Ø Hacer clic en “Ver más”, localizar el certificado aprobado y presionar el
ícono del “ojo” para visualizarlo y proceder a su descarga.
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Beneficios del Certificado MiPyME
Beneficios fiscales:
ü Pago de iva a 90 días: las mipymes pueden diferir el pago del impuesto al valor
agregado (IVA) 90 días, lo que les brinda mayor liquidez.
ü Compensación de impuesto al cheque: pueden compensar hasta el 100% del
impuesto a los créditos y débitos (ICDB) en el pago de impuesto a las ganancias.
ü Alícuota Diferencial en contribuciones patronales: tienen acceso a una tasa
reducida en las contribuciones patronales.
Acceso a financiamiento:
ü Las mipymes pueden acceder a líneas de crédito con tasa de interés preferenciales
y condiciones s flexibles.
ü Existen programas de financiamiento específicos para proyectos de inversión
productiva, capital de trabajo y exportación.
ü Avales de sociedades de garantías reciprocas (SRG) para facilitar el acceso a
créditos.
Programas de asistencia:
ü las mipymes pueden participar en programas de apoyo a la competitividad, que
incluyen aportes no reembolsables y capacitación.
ü Existen programas provinciales y nacionales que ofrecen subsidios e incentivos
específicos según la región y el sector de actividad.
Otros beneficios:
ü prioridad en la tramitación y percepción de compensaciones, acreditaciones o
saldos a favor.
ü Uso optativo de la factura de creidito electrónica en operaciones entre mipymes
ü Certificado de exclusiones de retenciones por tramite simplificado.
ü Los bancos no pueden cobrar comisiones a la mipymes que efectúen depósitos en
efectivo en sus cuentas bancarias.